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Nueva definición de ACTO FISIOTERÁPICO

El Colegio de fisioterapeutas de Madrid comparte hoy una gran noticia para la profesión. Se trata de la nueva resolución sobre la definición de Acto fisioterápico que se publica en el BOE. Podéis leer la noticia completa en http://www.consejo-fisioterapia.org/adjuntos/legislacion/legislacion_85.pdf

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«ARTÍCULO ÚNICO:
Se aprueba, en el marco de la ordenación de la profesión de fisioterapia, la
definición de acto fisioterápico:
La Fisioterapia es una profesión de la salud, que presta un servicio a la sociedad.
El fisioterapeuta, como profesional experto, reúne los conocimientos científicos
y las competencias necesarias para llevar a cabo en su totalidad el proceso de
atención fisioterapéutico de los pacientes a su cargo, con la mayor calidad
posible, en el ámbito de su autonomía en el ejercicio de su profesión. El avance de la profesión, así como las nuevas competencias otorgadas al
fisioterapeuta en virtud de la Orden CIN 2135/2008, de 3 de julio (BOE
19/07/2008), hace necesario que, en el cumplimiento de los fines estatutarios del
Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España, se establezca una
definición oficial del Acto Fisioterápico.
Se considera Acto Fisioterápico todo servicio prestado por el Titulado en
Fisioterapia, realizado en el ejercicio de su profesión con libertad de decisión y
autonomía profesional, dirigido a usuarios, grupos y comunidades.
En el ámbito clínico, el Acto Fisioterápico desarrolla el proceso de atención
fisioterapéutico, el cual incluye: la obtención de datos exploratorios y su
valoración, la elaboración del diagnóstico fisioterápico, la planificación y
promulgación del tratamiento fisioterapéutico, su ejecución mediante
procedimientos manuales, instrumentales y dirigidos, como la indicación de
ejercicio terapéutico diseñado específicamente para ser realizado activamente
por el usuario, la evaluación de los resultados alcanzados, el establecimiento e
implementación de los registros pertinentes o, en su caso, de la historia clínica,
la elaboración de informes sobre la evolución del paciente y de alta del
tratamiento fisioterápico. Todo ello, basándose en las consecuencias de las
alteraciones del estado de salud en el movimiento y con el objetivo de prevenir,
tratar y reeducar tales alteraciones, restaurando el movimiento funcional en un
entorno biopsicosocial y en todas las áreas clínicas y ámbitos laborales.
En el ámbito sociosanitario, también es Acto Fisioterápico el examen de
peritación realizado por el fisioterapeuta a requerimiento de terceros, la
planificación y puesta en práctica de programas de Promoción de la Salud y de
Educación para la Salud en su campo competencial, así como las acciones de
formación en materias propias de su desempeño profesional.”

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